NOTA INFORMATIVA SOBRE LA ORDEN 3/2016 , DEL
4 DE MARZO DE 2016
La Consellería de
Agricultura,Medio Ambiente , Cambio Climático y Desarrollo rural ha publicado
esta Orden por la que se REGULAN LOS
TRATAMIENTOS
SANITARIOS OBLIGATORIOS , los MODELOS
DE CARTILLA SANITARIA para animales de compañía y se crea
la RED DE VIGILANCIA
EPIZOOTIOLÓGICA en la Comunidad Valenciana .
TRATAMIENTOS OBLIGATORIOS EN ANIMALES DE COMPAÑÍA
+ VACUNACIÓN DE LA RABIA en perros, gatos
y hurones. Y su REVACUNACIÓN anual ,
todo ello REFLEJADO en su Pasaporte o Cartilla Sanitaria . Asimismo ANTES de su
vacunación SE COMPROBARÁ el microchip .
La CHAPA ya no será obligatoria EN EL FUTURO ( por el momento , aún las damos ) , SÍ el SELLO (que se pondrá
en su Pasaporte , como siempre ) .
+ SE PROHIBEN LAS
CONCENTRACIONES de animales para su identificación o vacunación . La vacunación
se realizará en CENTROS AUTORIZADOS y/o en el domicilio del animal.
+ La DESPARASITACIÓN frente a EQUINOCOCOS es
OBLIGATORIA mínimo una vez al año en perros, gatos y hurones y DEBE reflejarse
en la cartilla del animal.
+ Sigue el modelo
de CARTILLA SANITARIA para gatos y hurones, a la que se añadirá un apartado para vacunación de
RABIA. En el caso de que a éstos se les identifique con microchip es OBLIGATORIO el PASAPORTE ( que sustituirá a la
Cartilla).
+ La CARTILLA SANITARIA DE PRIMOVACUNACIÓN
en perros de edad inferior a 3 meses , a los que por su edad , aún no se les ha
expedido pasaporte . Ésta deberá hacerla un veterinario autorizado.
+ El PASAPORTE
sigue siendo el mismo emitido por el Consell Valencia de Col.legis Veterinaris
, debiendo estar debidamente cumplimentados por veterinarios autorizados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Agradecemos su comentario